El Comité Central de Seguridad y Salud Laboral está formado por 8 representantes de la empresa y 8 miembros del comité de empresa (6 por UGT y 2 por CC.OO.) y su existencia emana de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, que obliga a las empresas a asumir la participación de los trabajadores -en materia de control y prevención de riesgos laborales-, a través de la figura de los delegados de prevención.
Dependientes de él, existen cinco subcomités -en representación de las principales áreas o plantas de trabajo-, con el objeto de tratar los problemas específicos de cada planta.
Las principales áreas de actuación del Comité Central son:
Actualidad: Seguridad y Salud Laboral (reorganización del Servicio Médico)
Recientemente, la dirección de la Empresa procedió a la reorganización de su Servicio Médico de Empresa -dedicado a la vigilancia de la Salud Laboral de la plantilla-, sin paliar la ausencia de uno de los cinco médicos del citado Servicio que se encuentra de baja por incapacidad laboral.
Desde el Comité de Seguridad y Salud Laboral entendemos que, con dicho proceder, la Empresa no está dando el servicio adecuado a los trabajadores de la plantilla, cayendo además en incumplimiento con la normativa vigente en materia de Seguridad y Salud Laboral.
En consecuencia, ponemos en conocimiento de la plantilla que, el pasado día 23 de abril, UGT se dirigió ante la Inspección Provincial de Trabajo para formular la correspondiente denuncia contra Ford España, S.L., solicitando que se la obligue a cumplir con lo establecido en la normativa vigente en esta materia.
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