Las Elecciones Sindicales son el ejercicio del derecho que tienes reconocido por el Estatuto de los Trabajadores para elegir a tus representantes en todas aquellas empresas o centros de trabajo que cuenten con una plantilla de más de cinco trabajadores. Las Elecciones Sindicales son algo más: son el derecho de participación de los trabajadores en las decisiones que toman las empresas y nos afectan como trabajadores.
En las elecciones tu voto es libre, personal, directo y secreto. Con tu voto eliges a los Delegados de Personal o Comités de Empresa en función del número de trabajadores con que cuenta tu centro de trabajo.
Los Delegados de Personal y los miembros del Comité de Empresas son quienes te representan y los elegidos para la defensa de los intereses de los trabajadores.
Los Delegados de Personal son los representantes elegidos en centros de trabajo con una plantilla superior a 5 trabajadores e inferior a 50.
El Comité de Empresa es el órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo con una plantilla de 50 o más trabajadores.
La siguiente tabla recoge el número de delegados o miembros del Comité de Empresa a elegir en función del número de trabajadores.
Nº de Trabajadores Nº de Representantes Órgano de Representación
Hasta 30 1 Delegados de Personal
De 31 a 49 3 Delegados de Personal
De 50 a 100 5 Comités de Empresa
De 101 a 250 9 Comités de Empresa
De 251 a 500 13 Comités de Empresa
De 501 a 750 17 Comités de Empresa
De 751 a 1000 21 Comités de Empresa
De 1000 en adelante: 2 más, por cada 1000 trab. o fracción, con un máximo de 75.
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